Los Estados Miembros que reúnan los requisitos, incluida su Misión Permanente en Ginebra, podrán presentar a consideración una propuesta de proyecto. Dicha propuesta de proyecto también podrá ser presentada, en nombre de los Estados Miembros, por Oficinas de la OIM o el Departamento pertinente en la Sede de la Organización. Todos los proyectos se remiten a las Oficinas participantes de la OIM para su coordinación y apoyo.
Las propuestas de proyecto, incluidas aquéllas presentadas a través de las Misiones Permanentes en Ginebra, deberán acompañarse del apoyo escrito de su capital respectiva y de una solicitud explícita del financiamiento al Fondo de la OIM para el Desarrollo. En el caso de proyectos regionales, por lo menos dos Estados Miembros beneficiarios deberán avalar la propuesta de proyecto. Si los proyectos regionales benefician a varios Estados Miembros, los gestores del Fondo solicitarán cartas de apoyo adicionales de la mayoría de Estados Miembros beneficiarios y también podrán solicitar información adicional sobre los resultados previstos y las repercusiones del mismo. Este aval deberá efectuarse a través de una carta de la entidad de cooperación del gobierno dirigida a la OIM, en la que se citará el proyecto específico y se solicitará explícitamente el apoyo del Fondo. Los gobiernos deberán designar a un punto focal para el proyecto antes de la implementación del mismo.
Las propuestas de proyectos deberán crearse en el sistema de la aplicación del Programa de Información y de Gestión de Proyectos (PRIMA) que generará las plantillas del proyecto del Fondo de la OIM para el Desarrollo (descriptiva y presupuestaria). El presupuesto global de gastos de personal y oficina no deberá sobrepasar el 30% del presupuesto total. De conformidad con lo estipulado en el Manual para Proyectos de la OIM, las propuestas de proyectos se tramitarán mediante PRIMA y deberán obtener la aprobación de la Oficina Regional concernida y, en ciertos casos, el departamento de la Sede competente antes de la consideración final por los gestores del Fondo.
No es necesario que el Estado Miembro que reúne los requisitos elabore el documento de proyecto que se ha de presentar. Los Estados Miembros que reúnen los requisitos pueden debatir o dar a conocer sus esferas de interés a la Oficina de la OIM más cercana o a la Sede de la OIM, así como a la Unidad de la OIM competente que trabajará con el gobierno a fin de completar y finalizar tanto el documento como el diseño del proyecto.
A lo largo del año se dará curso a toda pregunta o solicitud con relación a los proyectos, en cualquiera de los 3 idiomas oficiales de la Organización. Los plazos de presentación de las solicitudes son los siguientes:
- Línea presupuestaria 1 Solicitudes para proyectos nacionales
- Se examinarán a lo largo del año, en función de la disponibilidad de fondos.
- Línea presupuestaria 2 Solicitudes para proyectos regionales
- Plazo: 30 de junio
Cabe especificar bajo qué línea presupuestaria se solicita el financiamiento, es decir, la Línea presupuestaria 1 o la Línea presupuestaria 2. Si no se alude específicamente a una Línea presupuestaria, los gestores del Fondo lo atribuirán a la Línea presupuestaria 1 o a la Línea presupuestaria 2, dependiendo del nivel de financiación solicitado y de la duración propuesta del proyecto, así como de la disponibilidad de fondos. Señalamos a la atención que no se tendrán en cuenta las solicitudes incompletas. Asimismo, las solicitudes que fuesen rechazadas debido a la falta de fondos podrán ser reconsideradas para su financiación en una fecha ulterior o en el siguiente ejercicio de asignaciones.
Se exhorta a los interesados a hablar con los gestores del Fondo de la OIM para el Desarrollo antes de elaborar el concepto de proyecto para no crear expectativas infundadas en interlocutores gubernamentales, en caso de que no hubiere financiación disponible o de que la iniciativa no reuniese los requisitos necesarios.
Cualquier pregunta o solicitud deberá enviarse a:IOMDevelopmentFund@iom.int.